El art 815 CC dispone, que el heredero forzoso a quien el testador haya dejado por cualquier título menos de la legítima que le corresponda, podrá pedir sucomplemento. Se impone a todo testador la obligación de efectuar atribucionespatrimoniales en una cuantía determinada a los legitimarios para satisfacer su derecho. Y si esa legítima no alcanza el quantum previsto, tendrá derecho ellegitimario a pedir el complemento hasta su satisfacción, a costa de un suplemento, que puede resultar procedente de la reducción de las atribuciones gratuitas que el causante haya realizado a favor de otros beneficiarios. Se analizaen esta obra, tanto los supuestos en que puede darse el ejercicio de esta acción, como los medios para su reclamación, dependiendo de la forma de atribución de la cuota hereditaria que se haya realizado al legitimario. Para determinar la existencia de una cuota legitimaria insuficiente es necesario determinar previamente el caudal hereditario, lo que requiere una correcta imputación y valoración de los bienes, así como un cálculo adecuado del porcentaje legitimario. Cuestiones que son abordadas en la presente obra, desde un punto de vista doctrinal, jurisprudencial y con una finalidad de aplicación práctica.
- ISBN: 978-84-9790-403-2
- Editorial: Bosch
- Encuadernacion: Rústica
- Páginas: 96
- Fecha Publicación: 25/05/2008
- Nº Volúmenes: 1
- Idioma: Español