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Para muchos, los empresarios no necesitan una especial protección jurídica cuando aceptan condiciones generales de la contratación. La protección que dispensan las normas generales del contrato es, en principio, suficiente. Se piensa, igualmente, que el mercado y el Derecho de la competencia tienen instrumentos eficaces para evitar prácticas colusorias. Este planteamiento cambió algo con la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación. Otra fisura con el sistema tradicional se produce con la Ley 3/2004, de 29 de septiembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
- ISBN: 978-84-470-3133-7
- Editorial: Civitas
- Encuadernacion: Rústica
- Páginas: 334
- Fecha Publicación: 01/02/2009
- Nº Volúmenes: 1
- Idioma: Español